22 octubre, 2013

La doctrina Parot: otra de esas chapuzas

Hasta hace nada, la pena máxima de prisión en España era de 30 años. La cosa estaba clara: uno podía salir con una ametralladora a la calle, asesinar a cuantos quisiera que, aunque le cayeran 5 millones de años de  cárcel solo iba a pasar 30 como si le hubiese acertado nada más que a uno o a dos. Luego, si se portaba bien en prisión y hacía trabajillos variados se le iban a descontar algunos, con lo que tendríamos a nuestro paranoico en la calle a los 20 años como si fuera un vulgar camello o choricete.

Está perfectamente claro que en un estado de derecho las leyes son las que son y no se pueden retorcer a demanda de colectivos o pareceres ideológicos. Aquí se hizo y se creó la llamada Doctrina Parot, una idea peregrina que descontaba los años de redención sobre el total de la pena impuesta y no sobre los 30 años límite de tiempo en prisión. Claro, poco tiempo pasó hasta que alguien recurrió esta chapuza insostenible y ganó. Ahora van a soltar a unos cuantos etarras y otros cuantos asesinos no etarras, que también los hay, que estarán encantados en la calle, con sensación de victoria unos y frotándose las manos a ver quién es su próxima víctima otros. Y van a hacerlo ya porque la más alta instancia jurisdiccional así lo ordena.

Quien más y quien menos, todo el mundo está desde siempre de acuerdo en que los crímenes de terrorismo o especialmente crueles: asesinatos en serie, de niños, ... no pueden ser tratados penalmente igual que el resto. El deseo mayoritario, sin duda ninguna, de la población siempre fue que un etarra sanguinario se pudriera en la cárcel hasta que lo sacasen de allí metido en un cajón, lo mismo que el chiflado de turno que violó y asesinó a no sé cuantos niños. La diferencia entre ellos es ninguna. La pregunta que me hago es: ¿Por qué, si tenemos parlamento 75 y Constitución desde el 76, no se legisló con dureza contra este tipo de delitos?

El problema no es la Doctrina Parot. El problema viene de que, no sé por qué oscura razón, no se quiso impulsar un código penal acorde con la aparición de delitos de terrorismo, precisamente cuando ETA estaba en su apogeo. Si con las mayorías absolutas de PSOE y PP se hubiera cambiado esto y se hubiera dado satisfacción al deseo de la mayoría de ciudadanos de no tener piedad con los terroristas, con toda seguridad, ahora no estaríamos hablando de sacar de la cárcel a nadie. De aquellos polvos vienen estos lodos.

El tribunal de Estrasburgo ha hecho bien en invalidar una norma injusta técnicamente. Estamos, insisto, en un estado de derecho. Lo lamento por las víctimas y sus familiares. Puesto en su lugar, estaría concomido por la indignación. Pero que no busquen ni en este gobierno ni en el anterior; qué vayan a casa de González o de Aznar, que teniendo mayoría absoluta, no tocaron en ese sentido el código penal por intereses espurios puramente políticos para tener a los partidos nacionalistas de la mano si los necesitaban. Ese es el asunto y lo demás, ganas de enredar.

Tenemos un estado de derecho que hay que respetar pero una mierda de leyes hechas a la medida de los intereses de los partidos, más que a la demanda de justicia de la sociedad. A ver lo que inventa ahora el genio de Gallardón. Pero casi seguro que este se pasa de rosca y la van a pagar toda los delincuentes de "clase media baja"... Vamos, como en la crisis esta, que la pasta se la sacan a los que tienen la justa para ir tirando, mientras los poderosos, satisfechos se rascan las partes.


3 comentarios:

Anónimo dijo...

Las salvajes alimañanas irracionales (tipo leones, tigres, etc.) si se quieren tener cerca hay que enjaularlos. Las salvajes alimañas racionales (asesinos terroristas o de niños, violadores reiterados, etc)si se desean tener cerca de la sociedad deben estar entre rejas.
El 04 de octubre de 2013 en el Boletin Oficial de las Cortes Generales (http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-66-1.PDF)el Gobierno y su Ministro de Justicia, Sr. Gallardón, reforman el código penal e introducen una nueva pena de prisión permanente revisable que podrá ser impuesta
únicamente en supuestos de excepcional gravedad —asesinatos especialmente graves, homicidio del
jefe del Estado o de su heredero, de jefes de Estado extranjeros y en los supuestos más graves de
genocidio o de crímenes de lesa humanidad— en los que está justificada una respuesta extraordinaria
mediante la imposición de una pena de prisión de duración indeterminada (prisión permanente), si bien sujeta a un régimen de revisión (lo que existe actualmente en Noruega). Con una ley así bien aplicada (¿será así?)las alimañanas racionales quizá no vuelvan a incorporarse a la sociedad excepto que hayan demostrado, tras muchos años en prisión, que pueden hacerlo tras arrepentimiento del motivo de su encierro y tras demostrar un comportamiento humano acorde con las buenas reglas humanas de convivencia social. A. Sierra.

Jesús Arribas dijo...

Desde luego, Sr. Sierra... siempre los nórdicos. Es verdad. Lo único que en derecho penal nunca puede existir la retroactividad. Por eso apunto a González, que modificó el código penal un poco en el 95, pero que fue presidente desde el 82. Él debía haber puesto coto a estas posibilidades haciendo lo necesario para que los delitos de terrorismo fueran castigados como se merecían... Pero no, no lo hizo. ¿Cobardía? Tal vez, o connivencia, quién sabe.

Anónimo dijo...

Tiene razón Sr. Arribas. Una ley nunca puede aplicarse retroactivamente, y con la Doctrina Parot así se hizo. Lo del Sr. González y la modificación del Código Penal por ser Presidente desde el 82 decirle que por aquellas épocas ETA estaba en su máximo apogeo sanguinario, por lo que supongo que este abrió varios frentes: intentos infructuosos de llegar a acuerdos que se realizaron en Argelia, Francia, etc. Y también se planteó la chapuza del GAL. El Sr. González no debía confiar en que la Guardia Civil, la Policía Nacional o el Ejército pudieran arrestar a las distintas cúpulas dirigentes de ETA (cierto es que Francia tampoco nos ofrecía ayuda alguna hasta que llegó Sarkozy), por lo que supongo que ese haya sido el motivo de no optar por endurecer el Código Penal. Total, ¿a quién se lo iba aplicar si no se detenía a casi nadie? A. Sierra